Médico y farmacéutico, iguales ante la objeción de conciencia
«El núcleo de la atención del farmacéutico asistencial se sitúa en el mismo plano que la del médico porque la relación en atención farmacéutica es una relación clínica». Así lo expresa Enrique Soler, presidente de la Sociedad Valenciana de Farmacia Hospitalaria y experto en ética farmacéutica, quien asegura que, como profesional sanitario, el farmacéutico participa de los mismos considerandos éticos que el médico, viéndose inmerso en algunos problemas comunes con otras profesiones sanitarias.
Al intervenir la pasada semana en Murcia en una mesa de debate sobre la objeción de conciencia organizada por Hefame, Soler se centró en el ejercicio de la atención farmacéutica para enhebrar los principales argumentos, teniendo en cuenta los factores de la relación clínica, la jurisprudencia, los códigos de ética farmacéutica y también el abordaje de la objeción que hacen algunas leyes autonómicas de ordenación farmacéutica, recogidas en La Rioja, Castilla-La Mancha y Galicia.
También tiene en cuenta la objeción de ciencia, término acuñado por el experto de la Universidad de Granada José López Guzmán que hace referencia a los argumentos científicos que podrían permitir al farmacéutico no dispensar-.
Bases establecidas
En su opinión, las sentencias recientes -como la del TSJ de Andalucía sobre la píldora del día después (pdd)- han dejado establecidas las bases para el ejercicio de la objeción de conciencia de los farmacéuticos, superando el debate que cuestiona que, por temas morales o éticos, un farmacéutico pueda negarse a dispensar, «porque al entender que prevalece siempre el derecho a la protección de la salud, el farmacéutico objetor quedaría suficientemente protegido en el libre ejercicio de su profesión».
Por ello, señaló que si un boticario objeta dispensar la pdd a menores de 16 años puede hacerlo desde la objeción de ciencia, en vez de apelar a la conciencia, ya que en el propio prospecto se advierte de que no es segura.
En el debate, moderado por el presidente de la Academia de Medicina de Murcia, Máximo Poza, intervinieron además el magistrado Juan Ángel de Domingo, que subrayó la necesidad de que la objeción de conciencia se regule a nivel nacional, especialmente en hospitales, y Rafael Pacheco, especialista en Medicina Legal.
Todos ellos coincidieron en la necesidad de aunar la libertad de conciencia de los profesionales con los derechos de los pacientes, y en que el ejercicio de la objeción no signifique hacer prevalecer las condiciones religiosas o morales.
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