EL JUICIO POR LAS SUPUESTAS INJURIAS DE BENAVIDES CONTRA ROCÍO PALACIOS QUEDA VISTO PARA SENTENCIA, TRAS UNA VISTA BASADA EN INTERPRETACIONES
El alcalde de Almuñécar, Juan Carlos Benavides (CA), juzgado por un delito de injurias contra el secretario provincial del PSOE y la ex portavoz del grupo municipal socialista, ha declarado que en ningún momento pretendió injuriar a nadie al utilizar durante un pleno la expresión «a la zorra».
Los hechos enjuiciados se remontan al pleno municipal de enero de 2006, cuando la entonces portavoz socialista, Rocío Palacios, dijo durante el debate de un punto sobre el nombramiento de nuevos representantes municipales en una empresa pública que poner al frente de ella al portavoz del PA era «como poner al zorro a vigilar las gallinas», término que Benavides modificó por el de «a la zorra», tal y como es en realidad la fábula o el refrán al que se refería la concejal.
Declaraciones
Palacios, que dijo haberse sentido aludida interpretando que se refería a ella, solicitó la retirada de esa alusión y Benavides le contestó que no era un comentario referido a ella por lo que no tenía nada que retirar, ya que reiteró su criterio y se reafirmó su declaración inicial, al manifestar que cuando dirigiéndose a la interventora dijo “a la zorra”, estaba rectificando la frase de Palacios, ya que la fábula a la que estaba haciendo referencia hablaba de una zorra y no de un zorro tal y como ella había dicho.
En ese mismo pleno, casi dos horas después del primer incidente y tras 13 intervenciones de los portavoces de los grupos políticos, y ya al término de la sesión, el alcalde indicó que el Partido Andalucista, entonces en el gobierno del Ayuntamiento de Almuñécar, consideraba deleznable que se usara la vida privada de las personas como arma arrojadiza en el debate político, poniendo como ejemplo que habían aparecido en la calle panfletos anónimos que él consideraba injuriosos y deleznables que pretendían dar a entender que «determinadas carreras políticas de personas provenientes del transfuguismo sólo se entendían con las relaciones íntimas entre el secretario provincial y la afectada”, frase que –según declaró Palacios en el juicio- “yo entendí que se refería a mi” – al igual que hicieron algunos medios de comunicación en sus titulares- insistiendo que Benavides se estaba refiriendo a ella y al secretario provincial Álvarez de la Chica.
Esta “interpretación” de Rocío Palacios fue negada en todo momento por Juan Carlos Benavides, quien en su declaración argumentó que hizo ese comentario como crítica hacia quienes de forma “anónima y sucia” llevan lo privado a la vida pública y que en ningún momento se referían a la señora Palacios ni «a ninguna persona en concreto, ni partido político» y subrayó que “la señora Palacios nunca fue una tránsfuga porque era independiente, «por lo que directamente, si hay alguien que quedaba fuera de esa acusación era ella».
Cabe recordar, que días después, Rocío Palacios y De la Chica interpusieron una querella al “entender” que esta afirmación se refería a ellos y que atentaba contra su derecho al honor, alegando que la publicidad mediática que el caso había propiciado había dañado su imagen pública y personal. Sin embargo, Francisco Álvarez de la Chica, citado hoy por la Fiscalía a declarar como testigo, no ha comparecido, justificando su ausencia “por encontrarse en una comisión del Parlamento andaluz”.
A lo largo del proceso, la defensa argumentó con innumerables recortes de prensa, que fue la propia Rocío Palacios la que se sentó de inmediato ante los medios, televisiones nacionales, cadenas de radio y concedió numerosas entrevistas, contando y relatando que se había sentido insultada por el alcalde en el pleno explicando con todo lujo de detalles, que Benavides la había ofendido públicamente al sugerir una supuesta relación entre ella y el secretario provincial del PSOE. “Hice mil manifestaciones en televisión, prensa y radio sobre este asunto, dado el interés mediático que acarreó la situación”, reconoció Palacios.
La testigo puso en duda unas declaraciones publicadas dos días después por Ideal en las que se anunciaba que estaban estudiando la posibilidad de querellarse, afirmando no recordar si dijo eso exactamente por el tiempo pasado, aunque añadió que: “ya se sabe que los medios publican las cosas como ellos quieren”.
El Juez tuvo la oportunidad de visionar la grabación del Pleno aportada por la acusación, DVD que curiosamente el PSOE repartió casa por casa para que todos los almuñequeros escucharan las “supuestas injurias” que Benavides había dicho a la entonces concejal.
Una defensa basada en las pruebas y diversa jurisprudencia.
La defensa, en un documentado y extenso alegato final, expuso que la primera parte de la declaración de Palacios era “falsa” cuando señaló al juez que cuando el alcalde dijo la palabra «a la zorra» la estaba mirando a ella y se estaba dirigiendo a ella, ciñéndose a la grabación en la que se puede apreciar claramente que cuando Benavides dice “a la zorra”, Rocío Palacios está de espaldas a él, dirigiéndose al público y los medios de comunicación, por lo que no es posible que pudiera verle. Esta declaración vino respaldada por la del testigo, profesional encargado de la transcripción del pleno, quien afirmó que desde su posición, justo frente al alcalde, pudo ver como este giraba la cabeza hacia la interventora, para rectificar el comentario de Palacios y decir “a la zorra”.
A la pregunta del letrado a Palacios sobre si al igual que tras oír la palabra “a la zorra” pidió al alcalde que lo retirara y se disculpara, le hizo la misma petición al escuchar lo de la supuesta relación intima, la respuesta de Palacios fue que no le pidió que se retractara porque el pleno acababa ahí y no tuvo la oportunidad de hacerlo, sin embargo, si tuvo tiempo de decirle a Benavides que el tiempo le pasaría factura.
Un aspecto muy importante argumentado por la defensa del acusado fue que el documento presentado por la acusación para formular la denuncia manifiesta literalmente que Juan Carlos Benavides dijo: «determinadas carreras políticas de personas provenientes del transfuguismo sólo se entendían con las relaciones íntimas entre el secretario provincial y la CONCEJAL”, mientras que se demostró por la transcripción literal de la grabación que Benavides nunca utilizó la palabra CONCEJAL, sino AFECTADA, aspecto este muy importante a juicio del letrado, ya que cambia de forma contundente la base principal en la que argumentan la querella.
La defensa inició su intervención afirmando que Juan Carlos Benavides puede ser cualquier cosa menos culpable, ya que lleva años viendo como otros se pasean por los medios de comunicación intentando «derrotar en los tribunales a quien no se puede derrotar en las elecciones».
Según desmontó el abogado de la defensa, fue la propia Rocío Palacios, la que “interpretó” que el comentario de Benavides está dirigido a ella, mientras que es el alcalde el que le intenta explicar que no es cierto, que se trata de una corrección a la fábula y que continúe con su intervención en el Pleno.
En cuanto a la segunda frase de la discordia, la defensa afirma que “en el acto ha quedado sobradamente acreditado que no hay ninguna referencia a nadie, ni a Rocío Palacios, ni a Álvarez de la Chica, ni al PSOE ni a la provincia de Granada ni a nadie”, añadiendo que tanto la acusación como el ministerio fiscal han “interpretado” lo sucedido “haciendo encajes de bolillos” para atacar al alcalde de Almuñécar.
En cuanto al argumento de la señora Palacios sobre la repercusión mediática y publicitaria del caso, la defensa lamentó que se pretenda convertir a los periódicos en jueces de los que ocurre en nuestro país, si consideran que esto es así, “que sean los periódicos, los partidos políticos y la opinión pública quienes juzguen”, añadiendo que antes tengan en cuenta que “un informe elaborado por la Universidad de Granada demuestra que el 80 por ciento de los titulares de prensa que citan palabras textuales de los políticos están manipulados”, por lo que dijo no aceptar que se pretenda que en un juicio tenga validez lo que publican o “interpretan” los medios.
Por último denunció que “se esté criminalizando la vida política para obtener réditos propios”, insistiendo en considerar “deleznable” ceñirse a unos titulares de prensa y a las “interpretaciones interesadas” para acusar a Juan Carlos Benavides por un delito penal que no cometió, “sobrecargando los órganos judiciales con asuntos como estos”, con la de cosas importantes y graves que hay que denunciar o defender. Acto seguido solicitó la libre absolución de Juan Carlos Benavides Yanguas.
Una acusación basada en “interpretaciones”.
La Fiscalía ha elevado a definitivas sus conclusiones provisionales, en las que solicita para Benavides el pago de una multa de 21.600 euros por un delito de injurias y que indemnice con 10.000 euros a cada uno de los afectados por el daño moral ocasionado, ya que –a juicio del Fiscal- tenía argumentos suficientes para “entender” que Benavides cometió un delito de injurias al ofender «de forma clara» a la entonces portavoz socialista cuando aludió a lo de la «relación íntima».
Por su parte, la acusación particular – que ha mantenido para el alcalde su petición de 14.400 euros de multa e indemnización de 6.000 euros para cada uno de ellos – ha atribuido al alcalde un delito de injurias al lesionar la integridad de sus defendidos, considerando que la afirmación de Benavides es una de las «ofensas más graves» que se le puede hacer a un político y ha criticado la actitud «sibilina y cobarde» del alcalde durante el proceso al no dar en ningún momento nombres. El letrado de Rocío Palacios llegó al extremo de afirmar que –según su criterio y tras visionar la grabación del pleno- “entiende” que el alcalde insinuó claramente que Palacios “se acostaba” con Álvarez de la Chica.
El juicio, que se prolongó unas tres horas quedando visto para sentencia, incluyó entre las pruebas periciales diversa documentación aportada por la defensa, y el visionado de una grabación del pleno aportada por la acusación, que fue visionada en un portátil que llevó al juicio la propia Rocío Palacios.
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