El Centro Mediterráneo de la Universidad de Granada acoge las jornadas El derecho a la vivienda en el marco de la legalidad urbanística, que se celebran en Almuñécar entre los días 15 y 16 de septiembre.
Las jornadas fueron inauguradas por el rector de la Universidad de Granada, Prof. Francisco González Lodeiro, quien destacó la oportunidad de una temática que preocupa al conjunto de la sociedad española, tanto por la necesidad de vivienda en sí, como por la crisis actual, que viene motivada, en parte, por la crisis del mercado inmobiliario. Lodeiro, asimismo, señaló la cualidad “antropológica” con que vive el problema de la vivienda la sociedad española, en tanto que rige la cultura de poseer como bien y derecho su domicilio habitual. “Nuestra cultura no es la del alquiler, más viva en el resto de Europa, aunque sea parte de la solución en un país en el que, para colmo, hay barrios prácticamente vacíos, como producto de la especulación”.
Vivienda: derecho constitucional
Juan Cano Bueso, presidente del Consejo Consultivo de Andalucía, impartió la conferencia inaugural, bajo el título “El Derecho Constitucional a una Vivienda Digna”.
Cano Bueso destacó la especial incidencia del mercado de la vivienda en el ciclo económico que estamos viviendo. “El problema que ha de abordar la sociedad española –dijo- es conciliar la satisfacción de un derecho fundamental con la reactivación de un ciclo económico”.
Su exposición se dirigió a analizar detalladamente el Art. 47 de la Constitución Española, en el que se señala que «Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos”.
El estudio del artículo le llevó a señalar que se trata de un derecho inscrito dentro de “los principios rectores de la política social y económica” que no se ha desarrollado legislativamente y que no constituye un derecho fundamental, por lo que no puede reclamarse ante unos tribunales. Aunque “sorprende que no se haya consolidado una doctrina clara en torno a la vivienda o al medio ambiente, y sí lo hayan sido el sistema de seguridad social o el sistema educativo, universales, públicos y gratuitos. Llama la atención que vivienda y medio ambiente no estén en el mismo grupo, siendo como son elementos imprescindibles para una buena calidad de vida o una vida con dignidad”.
Cano Bueso apuntó algunas de las razones que dificultan el desarrollo del derecho a la vivienda en propiedad, alquiler o usufructo: sector que provea número suficiente de vivienda, mercado del suelo, disposición de grandes recursos financieros y crediticios, fin de la especulación, etc.
Finalizó su exposición apuntando al problema del derecho de propiedad sobre el suelo como elemento esencial de la situación que vivimos. Se refirió, para contextualizar el problema, a la legislación sobre el suelo que, a lo largo de los últimos 30 años, han desarrollado gobiernos europeos -de derecha e izquierda-, que han ido calando en el derecho político europeo; para concluir que «de la lectura detallada del Art. 47 de la Constitución ha de emanar una legislación que no desconozca el derecho a la vivienda».
A su juicio, “emanar una legislación que desconociera este derecho o que emanara una serie de obstáculos que perturbaren o impidieren el acceso a este derecho, sería una legislación materialmente inconstitucional, como sería inconstitucional un gobierno o un parlamento que, conociendo este derecho, permaneciera inactivo, sin producir una norma tendente a la satisfacción del mismo”.
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