La protección de las minorías en Derecho Internacional
Universidad de Granada
Un libro publicado por la UGR aboga por la protección de la identidad cultural individual como un objetivo de política jurídica.
La profesora Amelia Díaz Pérez de Madrid, del departamento de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la UGR, se dirige a los juristas en su obra La protección de las minorías en Derecho Internacional para reflexionar sobre las claves políticas acerca de la complejidad y de la dificultad de la protección de las minorías, y para hacer ver los límites y consecuencias que puede tener una incorrecta regulación jurídica de esta cuestión.
´La protección de la identidad cultural individual, que constituye a su vez una concreción del valor más amplio de la diversidad cultural del grupo, debe de ser un objetivo de política jurídica de cara al futuro´, según recoge en su libro La protección de las minorías en Derecho Internacional, la profesora Amelia Díaz Pérez de Madrid, del departamento de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la UGR.
Para la autora del libro, alcanzar un consenso en este ámbito es particularmente difícil, de ahí que una parte de los esfuerzos de protección de las personas pertenecientes a minorías podría orientarse a buscar el modo en que los instrumentos de protección de los derechos humanos inespecíficos den alguna respuesta a las necesidades minoritarias.
En este ámbito, la profesora Díaz asegura que ´tanto en el plano universal como en el europeo, la protección de los derechos humanos es un sector normativo consolidado y ampliamente desarrollado. Se trata de un instrumento que ya existe y cuenta con un indudable potencial, como pone de manifiesto la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos´.
Equilibrio de intereses
Por otra parte, el Derecho internacional de protección de minorías establece pautas de comportamiento para que los Estados ordenen la relación entre el poder público y sus componentes sociales colectivos. En palabras de la autora, ´las normas internacionales de protección de minorías no están en condiciones de predeterminar un resultado: sólo proporcionan fórmulas de gestión de la diversidad cultural, de tal manera que cada Estado, de acuerdo con sus circunstancias particulares, debe procurar el equilibrio entre el interés general, el interés colectivo, y el interés particular´.
´A pesar de ello, -señala la profesora Díaz- puede afirmarse rotundamente la vigencia de un estándar básico, aplicable a las minorías, de no perjudicar o no impedir su existencia, si bien nos enfrentamos con mayores dificultades para deducir que se haya convertido en parámetro de legitimidad del ejercicio de las competencias estatales´.
El libro, de 370 páginas, contiene igualmente un análisis pormenorizado de la evolución jurídica internacional de esta materia
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