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GRANADA
Obligado a remitir su condena en cientos de e-mails con los que difamó a otro profesor
El procesado se disputaba una plaza de catedrático y acusa a su rival de prevaricar para hacerse con ella
ROCÍO MENDOZA/GRANADA
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Un profesor de la Universidad de Granada ha sido condenado por difamar a través de centenares de e-mails a un compañero de departamento con el que se disputaba una plaza de catedrático. Y más allá del castigo económico impuesto por atentar contra el honor del afectado, que ha sido de unos simbólicos 600 euros, el juez lo obliga a restituir el daño ocasionado reenviando todos estos correos electrónicos con el contenido íntegro de la sentencia.
La medida ejemplar -contra la que cabe recurso-, dictada por el juez de Primera Instancia número 5, Javier Prieto Jaime, llega después de una campaña cibernética realizada por el profesor del departamento de Economía Aplicada de la Universidad de Granada contra el director del mismo en los meses previos a la prueba de acceso a la plaza de catedrático a la que ambos aspiraban.
Las misivas electrónicas, tal y como se desprende del contenido de la sentencia facilitada a IDEAL, no eran enviadas de forma ocasional sino de forma masiva. Así, eran remitidos en tandas de sesenta, veinte, cuarenta e incluso en una ocasión de 180 de una tacada.
Servidor universitario
Estos últimos fueron dirigidos, a través del servidor de la Universidad, «a distintos departamentos de la facultad de Derecho y a la mayoría de los directores de departamento de la Universidad, incluyendo a miembros del tribunal que debía conocer de la concesión de la plaza que se disputaban horas antes de la presentación del tribunal de las oposiciones», versa el fallo.
Pero más allá de los destinatarios, siempre incluidos en la comunidad universitaria aunque llegó a enviarlos hasta Extremadura, el juez analiza el contenido de los mismos y destaca que el papel del correo electrónico e Internet como cualquier otro medio de comunicación público y universal. Sobre las manifestaciones que hacía extensiva a decenas de colegas a través de la red, el juez considera que tienen un carácter «vejatorio e injurioso». No todas, como en uno que decía que «como es ampliamente conocido el director no tienen precisamente el hábito de leer», sino sobre todo en otros en los que lo acusaba de cometer un delito de prevaricación. En este sentido, uno de los comunicados decía que «este señor ha prevaricado aprovechándose de que era director del departamento, de que estaba en la Junta de Gobierno (…) con lo que se ha sacado su plaza».
Más que criticar
Y múltiples expresiones que aluden a este delito en otros e-mails donde, como dice el juez Prieto Jaime en su sentencia, «excede la crítica sana de la labor profesional y vulnera el derecho al honor del demandante, pues atentan contra su propia fama y estimación, no sólo personal sino profesional».
El juez advierte, además, que querer realizar una crítica a la labor profesional de un compañero para evitar la «endogamia universitaria o académica» puede ser necesario o deseable, pero «en ningún caso» puede admitirse que se atente contra el derecho fundamental de otra persona, esto es, su honor, su buena imagen y su reputación en la comunidad universitaria.
En cuanto al correo electrónico, el letrado que ha llevado la demanda del afectado por la difamación, Antonio José García Cabrera, estima que existen muy pocas sentencias que se pronuncien sobre este uso dado al correo electrónico y que podría sentar un precedente en lo sucesivo.
Pleito por el contenido
El fallo puede ser recurrido para que otro tribunal estudie las tesis sostenidas por la defensa del condenado. Éstas concluyen en que el demandado «en ningún momento realizó graves e infundadas descalificaciones profesionales y profesionales contra su colega, sino que quería denunciar las graves irregularidades que podían tener como consecuencia que el demandante lograra la cátedra con artificios y numerosas irregularidades».
Sobre estas irregularidades hay un pleito en Lo Contencioso interpuesto por supuestas irregularidades en la asignación de la plaza, por lo que el acusado pidió que se anularan las actuaciones por difamación hasta que otro juzgado no aclarase si lo que remitía por correo era veraz o no.
El juez desestima esta petición basándose en la jurisprudencia Constitucional. Además, señala que el juzgado ya resolvió que no había irregularidades basándose en un informe en contra de sus pretensiones del Inspector de Servicios de la Universidad. Ahora se estudia el recurso a este fallo.