La profesora Elena B. Marín de Espinosa Ceballos ha presentado en el mes de abril su nueva monografía: : La violencia doméstica. Análisis sociológico, dogmático y de derecho comparado. La experta en Derecho Penal ha elaborado este volumen tras una estancia de seis meses en el Instituto Max Plank de Derecho Penal extranjero e internacional de Freiburg (Alemania) investigando sobre el problema de la violencia doméstica.
En esta obra Marín de Espinosa Ceballos analiza diferentes aspectos de los malos tratos en el ámbito familiar, ya que, según afirma, «este problema sólo puede abordarse desde una perspectiva multidisciplinar». En primer lugar, se lleva a cabo un análisis sociológico de la violencia doméstica. Para ello se manejan los diferentes datos estadísticos que se han elaborado sobre el tema con la finalidad principal de acercar la realidad social y dar a conocer el contexto o circunstancias donde se manifiestan estas conductas, así como, el perfil del agresor y de la víctima. «En definitiva, se procede al examen del síndrome de violencia doméstica en la mujer, en el niño y en el anciano, pues éstas son las principales víctimas de las agresiones en el ámbito familiar y no se puede obviar que cada grupo presenta sus propias particularidades».
Además, se estudian las diferentes medidas que se han adoptado desde la Administración para hacer frente a la violencia doméstica y las medidas previas a la intervención judicial: civiles y penales. Para la profesora «es evidente, que una adecuada protección de la víctima sólo se puede alcanzar adoptando con celeridad las medidas cautelares de carácter civil y/o penal. Por ello, también se analiza los diferentes preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que han sido afectados por la reforma de la L.O. 14/1999 de 9 de junio».
La obra de la profesora Elena B. Marín de Espinosa Ceballos se centra especialmente en demostrar si la reciente reforma del Código Penal de 9 de junio de 1999 en materia de malos tratos ofrece una solución adecuada para sancionar al agresor y para proteger a las víctimas de malos tratos. Para alcanzar este objetivo el estudio jurídico penal se inicia con el análisis de los orígenes de este delito hasta su actual configuración. A través de la confrontación de las diferentes regulaciones que ha tenido el delito de violencia doméstica en el Código Penal se pone de relieve donde estaban los inconvenientes que imposibilitaban su aplicación y, una vez detectados los problemas, se examina si la actual reforma del Código Penal en materia de malos tratos ha sabido encontrar una respuesta eficaz a este problema social.
En el estudio realizado se pone de relieve que la reforma del Código Penal realizada en junio de 1999 en materia de malos tratos presenta todavía numerosas lagunas legales. En este sentido hay que destacar que la conducta prohibida provoca inseguridad jurídica al emplear el legislador la abstracta expresión «ejercicio de violencia física y psíquica. Mediante esta expresión y en especial la referencia al ejercicio de violencia psíquica no se tiene un conocimiento claro de que conductas integran la conducta típica. Junto a ello, hay que tener presente que la violencia doméstica se ha configurado como un delito de carácter habitual y la definición de habitualidad que ofrece el art. 153 CP no se puede mantener porque permite tener en cuenta hechos que ya fueron previamente juzgados».
Para Marín De Espinosa Ceballos, «el elemento de habitualidad debe integrarse sólo con aquellos hechos que se puedan probar durante el juicio y que no hayan sido condenados porque de lo contrario se estaría vulnerando el principio ne bis in idem, esto es, el principio de legalidad, que prohíbe sancionar dos veces un mismo hecho. Además, la reforma realizada en materia de malos tratos no ofrece protección a todos los sujetos que pueden integrar el núcleo familiar. Pese al esfuerzo del legislador por incluir en el delito de violencia doméstica todas las personas que integran la unidad familiar, se han detectado algunas ausencias importantes como, por ejemplo, las violencias ejercidas entre los hermanos o entre los hijos de los convivientes o entre unos y otros; los cuñados/as; los suegros/as; durante la relación de noviazgo; los que mantienen relaciones homosexuales, etc». Todas estas carencias deben, según la experta, ser corregidas en una futura reforma del Código Penal.
Esta obra finaliza ofreciendo una propuesta para reformar el delito de malos tratos en el ámbito familiar. Para ello se analizan las respuestas que ofrecen otros sistemas penales próximos al circulo de cultura español. Esta es una de las principales aportaciones que ofrece la monografía. Concretamente, se realiza un profundo examen de los sistemas penales alemán, italiano, francés, portugués, sueco y de los países latinoamericanos. El estudio de Derecho comparado pone de manifiesto que existen otras fórmulas distintas a la empleada en el Código Penal español para combatir la violencia en el ámbito familiar y que algunas de ellas pueden ser trasladadas al ordenamiento jurídico penal español.
Este análisis de Derecho comparado ha atraído la atención de la Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer en el Senado y la profesora Elena B. Marín de Espinosa Ceballos ha sido invitada para dar una ponencia en el Senado como experta en materia de malos tratos, especialmente, centrará su intervención en el Senado el día 28 de mayo en la análisis de la violencia doméstica en Derecho comparado. Además, también ha sido solicitada su intervención por la Secretaría de Fiscalía General del Estado para participar en Madrid en el curso dirigido a la formación de los Fiscales sobre la violencia doméstica en Derecho comparado.
Para más información:
Elena B. Marín de Espinosa Ceballos.
Profesora Titular de Derecho Penal.
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