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Se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2020-2021 y se modifica el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas

Se determinan los parámetros cuantitativos por los que se regirán las convocatorias de becas y ayudas al estudio correspondientes al curso académico 2020-2021, financiadas con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación y Formación Profesional:

  • La cuantía de las diferentes modalidades de las becas y ayudas al estudio reguladas en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
  • Los umbrales de renta y patrimonio familiar por encima de los cuales desaparece el derecho a la percepción de las becas y ayudas al estudio.

Las cuantías de las becas de carácter general que se podrán percibir en los supuestos previstos en este real decreto serán las siguientes:

  • Cuantía fija ligada a la renta del solicitante: 1.700 euros.
  • Cuantía fija ligada a la residencia del solicitante durante el curso: 1.600 euros.
  • Cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico: entre 50 y 125 euros con la siguiente distribución:
Nota media del estudiante Cuantía en euros
Entre 8,00 y 8,49 puntos. 50
Entre 8,50 y 8,99 puntos. 75
Entre 9,00 y 9,49 puntos. 100
9,50 puntos o más. 125

A estos exclusivos efectos, a la calificación a tener en cuenta en el caso de los estudiantes matriculados en segundos y posteriores cursos universitarios, se le aplicará un coeficiente corrector de 1,17 para los estudios del área de arquitectura e ingeniería, de 1,11 para los estudios del área de ciencias y de 1,05 para los estudios del área de ciencias de la salud.

  • Cuantía variable: Su importe mínimo será de 60 euros.
  • Beca de matrícula: Comprenderá el precio público oficial de los servicios académicos universitarios correspondiente a los créditos en que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2020-2021.

Más información: «BOE» núm. 199, de 22 de julio de 2020, página 54898