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Expertos en derecho evalúan el papel del Consejo Consultivo de Andalucía en su décimo aniversario

Creado por ley en octubre de 1993, el Consejo Consultivo de Andalucía comenzó su andadura un año después eligiendo Granada como sede. Desde ese momento, el Consejo ha dictaminado setenta y cinco anteproyectos de ley, ciento setenta y cinco proyectos de decreto y más de cuarenta recursos de insconstitucionalidad o conflictos de competencia. En total, junto al resto de los asuntos, su trabajo ha superado los mil quinientos dictámenes.

En el ejercicio de sus competencias, el Consejo asesora a la administración autonómica y a las locales, así como a los entes u organismos vinculados a ellas. Su objetivo: contribuir a mejorar el funcionamiento de estas administraciones y el servicio que prestan a los andaluces. Ahora, un grupo de juristas y especialistas en derecho reunidos por el Centro Mediterráneo evalúan en Almuñécar el trabajo llevado a cabo por esta institución.

En el curso de verano “Estado de derecho y administración consultiva: Consejo Consultivo de Andalucía” se tratarán cuestiones que afectan de una manera determinante a los derechos fundamentales de los ciudadanos y a la correcta actuación de la Administración Pública, tales como los recursos de inconstitucionalidad y conflictos de competencias, la información acerca de los anteproyectos de ley, etc.

El Estado de derecho implica que todos los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al ordenamiento jurídico. Junto a la jurisdicción contencioso – administrativa, el Consejo de Estado y los Consejos Consultivos de la Comunidades Autónomas garantizan la adecuación de las leyes y normas a la Constitución y la ley. Esta situación ha propiciado que los Estatutos autonómicos y las leyes de las diferentes Comunidades Autónomas hayan ido creando Consejos Consultivos en las distintas Comunidades Autónomas, como es el caso de Andalucía, y que progresivamente un mayor número de cuestiones deban ser dictaminadas por estos Consejos antes de su entrada en vigor.

La tarea del Consejo Consultivo de Andalucía se mueve en un triple ámbito. En primer lugar, su tarea es depurar el ordenamiento jurídico dictaminando los recursos de inconstitucionalidad y conflictos de competencias que Andalucía pretenda plantear ante el Tribunal Constitucional. En segundo lugar, participa en el procedimiento legislativo informando preceptivamente todos los anteproyectos de ley que el Gobierno de la comunidad pretenda aprobar para su remisión al Parlamento. En tercer lugar, participa en la función administrativa dictaminando con carácter preceptivo (a veces vinculante) los más importantes actos en los que intervienen cotidianamente las Administraciones Públicas: contratación administrativa, revisión de oficio de actos administrativos, responsabilidad patrimonial por el funcionamiento de los servicios públicos.

Todas estas cuestiones afectan de una manera determinante a los derechos fundamentales de los ciudadanos y a la correcta actuación de la Administración Pública.

Teniendo en cuenta que todos los anteproyectos de ley, disposiciones generales, reglamentos, decretos y actos administrativos importantes tanto de la Junta de Andalucía como de las corporaciones locales andaluzas deben ser, por ley, dictaminados por el Consejo Consultivo de Andalucía se tendrá una idea aproximada de la importancia garantista y de tutela de los derechos de los ciudadanos que los Consejos Consultivos cumplen, en garantía del respeto a la Constitución y la Ley por parte de todos los poderes públicos. De ahí que, sólo en Andalucía, el número de dictámenes solicitado por la Administración Autonómica y las Administraciones Locales crezca exponencialmente cada año.


Más información: Juan Cano Bueso (director del curso) 670949591