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Advierten de las carencias en la indemnización patrimonial a las víctimas de accidentes de tráfico

Advierten de las carencias en la indemnización patrimonial a las víctimas de accidentes de tráfico

España es el único país de la UE donde no se indemniza correctamente el lucro cesante a las víctimas de accidentes de tráfico, ya que mientras los tribunales son «muy generosos» con las indemnizaciones por daños morales, en el caso de las que corresponden a daños patrimoniales son «muy restrictivos».

Así se desprende de un estudio realizado en el departamento de Derecho Mercantil de la Universidad de Granada, en el que se plantea además la necesidad de reformar el sistema legal valorativo para regular claramente la estimación del daño patrimonial a las víctimas de accidentes de circulación.

Según el responsable del trabajo, Javier López, los tribunales españoles son «restrictivos» en la interpretación del lucro cesante -dinero que se deja de ganar como consecuencia de un daño y que se habría ganado de no haber sucedido éste- lo que dificulta su satisfacción íntegra.

López señala como casos más significativos los siniestros que afectan a los vehículos industriales, cuya paralización para ser reparados constituye presuntamente «lucro cesante susceptible de ser indemnizado si se acredita correctamente».
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