Absuelven a un estudiante de derecho acusado de falsificar notas
El Juzgado de lo Penal número 5 de Granada ha absuelto a un estudiante de quinto de Derecho de la Universidad de Granada acusado de falsificar sus notas del curso que realizó en la Universidad francesa de Toulouse, correspondiente a una beca Sócrates de la que disfrutó.
El Ministerio Fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito de falsificación de documento oficial y falsificación de certificado oficial, por los que pedía, en total, 13 meses de prisión y multa de 13 meses con cuota diaria de 9 euros (117 euros). La acusación particular, por su parte, calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito continuado de falsedad documental, del que consideró responsable al acusado, para quien pidió 22 meses de prisión y multa de diez meses con cuota diaria de 12 euros (120 euros), mientras que la defensa del acusado solicitó su libre absolución.
En la sentencia no se considera probado que el acusado, valiéndose de una certificación de calificaciones emitida por la Universidad Francesa, procediera a elaborar una nueva, alterando las calificaciones de no apto por las de apto, con el propósito de presentarlas ante las autoridades académicas españolas, ni que introdujera una copia de dicha certificación original en su expediente académico. Así, señala que a través de la prueba practicada no ha podido obtenerse la certeza precisa para dictar sentencia condenatoria.
Explica que la declaración del acusado ante el Juzgado de instrucción es congruente con la prestada en la vista de juicio oral y, en todo momento, niega ser el autor de los hechos imputados. En este sentido, desvela que el acusado reconoció que el documento en el que solicitaba el reconocimiento de las asignaturas cursadas en la Universidad de Toulouse fue firmada por él pero previamente a su marcha a la referida universidad, extremo que fue confirmado por uno de los testigos, que previa exhibición del referido documento, manifestó que dicha documentación solía firmarse antes de marchar a la Universidad respectiva.
Además, los testigos propuestos por la defensa y que habían sido alumnos de Sócrates/Erasmus corroboraron que después de llegar de dichos cursos no recordaban haber firmado nada, y que la documentación que firmaban lo era antes de marchar. Por otra parte, ninguno de los testigos que depusieron en la vista oral vieron directamente que el acusado realizara y posteriormente introdujera la referida documentación en los archivos de la Oficina del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales.
El único que aseguraba este extremo, un becario que a su vez aseguró haber oído esta acusación de un amigo del acusado, no compareció a juicio para corroborarlo. El titular del juzgado le parece esta versión poco creíble, si tenemos en cuenta que de haber realizado los hechos el acusado, difícilmente iba a confesarlos a una de las personas encargadas de controlar que la tramitación fuera la adecuada, máxime si tenemos en cuenta que antes o después las certificaciones auténticas vendrían por conducto interno de la Universidad de Granada. Por todo ello, defiende la presunción de inocencia del acusado, a quien absuelve de los delitos que se le imputan.