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Los graffitis en los BIC, ´casi invisibles para el derecho penal´

La Fiscalía Superior de Andalucía alerta sobre la afluencia «masiva» de grafitis en los bienes culturales de la región que afectan a grandes núcleos históricos y «permanecen casi siempre invisibles para el derecho penal», por lo que pide que se de instrucciones a la Policía Judicial sobre estas infracciones.

En la memoria de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico de 2009 la Fiscalía ve necesario conseguir que estas infracciones sean erradicadas y «adecuadamente contabilizadas en la estadística criminal» en un registro, ya que existen frecuentes agresiones de esa naturaleza que al no ser objeto de denuncia «no tienen un adecuado reflejo» en esos datos.

Estas circunstancias impiden conocer las verdaderas dimensiones del problema, su etiología, el perfil de los agresores, su persistencia o la búsqueda de las fórmulas más adecuadas para su erradicación, así como el daño que produce en las instituciones que sufren estas formas de vandalismo, añade la Fiscalía.

«Esta situación es plenamente incompatible con una Comunidad Autónoma que tiene en el Patrimonio Histórico su principal activo» y que recibe cada año por miles de turistas y estudiosos que convierten a los bienes culturales «en su principal fuente de ingresos», apunta.

Como ejemplo se cita el centro histórico de Granada, de gran valor cultural, donde estas actuaciones «están generalizadas» y han provocado reacciones institucionales por parte de la Junta de Andalucía, del Ayuntamiento de la ciudad y de la Policía Local.

La Fiscalía Superior explica en este sentido que no se pretende sustituir las iniciativas acertadas sino llevar a cabo actuaciones de coordinación para contabilizar y combatir las agresiones sufridas por los Bienes de Interés Cultural declarados como tales o en proceso de declaración.

Estas medidas no deben provocar el olvido de las agresiones sufridas por otros inmuebles, que también son merecedoras de reproche penal y que deberá ser exigido por la Fiscalía territorial competente.

En un documento elaborado conjuntamente con la Universidad de Granada, la Fiscalía Superior ha establecido las bases dogmáticas para el análisis jurídico del problema de los grafitis en los bienes culturales y que hace referencia a su terminología, responsabilidad penal por el mensaje transmitido o los daños causados, o las infracciones administrativas.

En caso de que incluyan mensaje de relevancia jurídica su autor puede enfrentarse a infracciones como injurias y calumnias, amenazas o apología de la discriminación, por ejemplo, aunque en la mayoría de casos no incluyen estos mensajes y habría que determinar si la conducta supone un delito o una falta de daños o de deslucimiento.

Por daños, hasta cuatrocientos euros corresponde a una falta y a partir de esa cifra a un delito común o contra el patrimonio histórico, mientras que por deslucimiento de inmuebles es una falta y de muebles queda impune, mientras que sólo cuando el hecho no sea punible resultarán de aplicación las ordenanzas municipales que reprimen estos actos.

La Fiscalía recomienda a los policías fotografiar la superficie, tomar declaración al afectado y acusado, establecer la fecha aproximada, incautar los utensilios y hacer el atestado, entre otras, mientras que para los peritos recomienda que estipulen si puede ser eliminada la pintada, a qué tipo corresponde o en qué inmueble se ha producido.

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