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Juristas recuerdan que la cadena perpetua es inconstitucional

Juristas recuerdan que la cadena perpetua es inconstitucional

Expertos juristas han destacado en las \’Jornadas jurídico-políticas sobre la cadena perpetua\’ que el Estado cuenta con «mecanismos suficientes» para hacer frente a determinados tipos de comportamientos delictivos y para que las penas se cumplan íntegramente.
Juristas recuerdan que la cadena perpetua es inconstitucional
«Los familiares no pueden decidir las penas de los delincuentes porque se caería en el ojo por ojo».

Expertos juristas reunidos en Granada en las \’Jornadas jurídico-políticas sobre la cadena perpetua\’ recordaron hoy la «inconstitucionalidad» de la pena, aunque dijeron entender que, ante casos como el de la niña Mari Luz en Huelva o Marta del Castillo en Sevilla, la sociedad la reclame.

El ex diputado y catedrático de Filosofía del Derecho Andrés Ollero, que participó en la mesa redonda de hoy, abogó por «proteger» a las víctimas de los delitos y a sus familiares, pero consideró que éstas no pueden decidir la pena a imponer a los delincuentes, puesto que ello conllevaría el «ojo por ojo», ya superado.

Por su parte, el profesor de Derecho Constitucional Agustín Ruiz Robledo se refirió a la cadena perpetua con revisión, que sí sería constitucional y que en España sólo depende del legislador. «El Tribunal Constitucional dice que la que no tiene posibilidad de revisión es inconstitucional, porque viola la dignidad, tiene un carácter de pena inhumana y no el de reinserción social», señaló.

El catedrático de Derecho Penal y ex rector de la Universidad de Granada Lorenzo Morillas insistió en que esta pena no está contemplada en el Código Penal, «y está bien así». «Bajo mi punto de vista, la Constitución impide o no aconseja que se utilice ni la cadena perpetua ni mucho menos la pena de muerte, siendo sin embargo conscientes y sensibles de las cuestiones puntuales que se han producido en los últimos meses, no se puede regular a golpe de hechos concretos, sino con una política criminal planificada, seria y rigurosa», señaló.

Morillas mantuvo que el Estado cuenta con «mecanismos suficientes» para hacer frente a determinados tipos de comportamientos delictivos, sobre todo después de la última reforma del Código Penal, en 2003, en lo relativo al cumplimiento íntegro de las penas, sin beneficios penitenciarios y en casos verdaderamente graves, por ejemplo en los relacionados con el terrorismo, la violación de menores o asesinatos.

En la misma línea se situó el también catedrático de Derecho Penal José Miguel Zugaldía Espinar, que afirmó además que la cadena perpetua podría suponer hasta una «atenuación de la pena», puesto que en otros países europeos se revisa a los 15 años de cumplimiento y en España se contempla la revisión de penas de 40 no antes de los 35.
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