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Un estudio revela la lenta recepción de la ley de igualdad por los jueces

Los jueces deben esforzarse más para que la ley de igualdad de género tenga eficacia, ya que, hasta el momento, han aludido a la norma de forma «lenta» y «compleja», así como a la nueva noción de igualdad que ésta desarrolla.

Así lo asegura el «Estudio sobre la Aplicación de la Ley Organica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres», que ha sido presentado hoy y que ha sido elaborado por el Centre d’Estudis Juridics i Formació Especialitzada de la Generalitat de Catalunya y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

En este trabajo han participado la Universidad de Granada, el Institut Interuniversitari d’Estudis de Dones y Genere y la organización Women’s Link Worldwide, que han analizado un total de 7.474 sentencias en los ámbitos contencioso administrativo, social y europeo entre los años 2008 y 2009 aportadas por el CGPJ.

Las sentencias analizadas abarcan ámbitos relativos al acoso, los informes de impacto de género, la igualdad efectiva, la discriminación, la conciliación, la asignatura de educación para la ciudadanía, al acoso y al despido por maternidad, entre otros.

Así, con respecto al acoso, el informe indica que, en la jurisdicción social la prueba principal es el testimonio de las víctimas y en numerosas resoluciones «se pone en duda» la validez del testimonio de las mujeres.

En este sentido, uno de los elementos «más preocupantes» que destaca el informe es la existencia de «alguna de la jurisprudencia estudiada» de argumentos y apreciaciones «claramente sexistas» sobre la violencia de género y sus características y consecuencias.

De hecho, en «diversas» resoluciones están recogidos comentarios que «corresponden a algunos mitos sexistas sobre la violencia de género».

En cuanto a la distribución de la jornada laboral para favorecer la conciliación, la mayoría de las resoluciones dictadas por los tribunales se hace en virtud del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores y no del 34.8 que incluyó la ley de igualdad a este mismo texto.

El informe subraya la «muy favorable» respuesta de los jueces a la protección de los derechos de la trabajadora embarazada «de forma unánime».

Acerca del lenguaje, los tribunales citan la terminología sobre igualdad y discriminación de la normativa; sin embargo, «es patente» que no la desarrollan a la hora de dictaminar sus fallos.

En cuanto a la jurisdicción contencioso administrativa, según las autoras, las sentencias estudiadas evidencian «de manera general» la «lenta y compleja» recepción de la ley de igualdad y de la noción de paridad que ésta desarrolla.

De hecho, sólo un 25,06 por ciento de las sentencias aluden a la norma.

El informe indica que los manuales y materiales didácticos utilizados en las facultades de derecho y, en general, la formación de los juristas, «evidencian importantes carencias» respecto al derecho antidiscriminatorio y a los nuevos instrumentos jurídicos desarrollado por la ley de igualdad.

«Y un importante desconocimiento de los marcos teórico-jurídicos que le aportan valor explicativo», añade el informe, si bien posteriormente sostiene que «algunas» de las sentencias analizadas destacan por el «esfuerzo individual» del ponente por actualizar la propia práctica judicial.

Respecto al capítulo sobre Educación para la Ciudadanía, el estudio indica que en las sentencias en relación con esta materia no hay referencias a la Ley de Igualdad.

El estudio recoge asimismo datos sobre las sentencias de los tribunales europeos de los que se extraen que la mayoría de las personas demandantes son mujeres y, sin embargo, los ponentes de las resoluciones judiciales son todos varones.

La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, Inmaculada Montalbán, que ha escrito la presentación del libro, señala en el mismo que «aún es necesario trabajar en el seno de la carrera judicial para concienciar y sensibilizar sobre la importancia de la formación en género para aplicar de forma correcta toda la legislación en materia de igualdad».

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