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El Supremo no es competente para estudiar las cuestiones de personal, dice otro fallo

El Supremo no es competente para estudiar las cuestiones de personal, dice otro fallo

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha vuelto a recordar que las cuestiones de personal no pueden ser recurridas en casación ante el alto tribunal.

Enlaces de Interés
– Servicio Andaluz de Salud
– Universidad de Granada

El fallo razona que la ley exceptúa de la posibilidad de interponer recurso de casación las sentencias que se refieran a cuestiones de personal al servicio de la Administración Pública, salvo que estrictamente afecten a la extinción de la relación de servicio de los que ya tuvieren la condición de funcionarios públicos.

El alto tribunal ha analizado el recurso contencioso que interpuso un médico contra una resolución del Rectorado de la Universidad de Granada y el Servicio Andaluz de Salud (SAS) a los que le reclamaba el abono de determinadas cantidades.

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, anuló la resolución de la universidad y reconoció el derecho del facultativo a percibir las retribuciones correspondientes más los intereses legales a la categoría de médico del servicio de anestesiología de un hospital granadino, con exclusión de las guardias durante el periodo comprendido entre el 1 de mayo de 1980 y el 30 de junio de 1985.

Tanto el SAS como la universidad interpusieron un recurso de casación, pero éste no ha prosperado porque el alto tribunal ha precisado que la materia controvertida constituye una cuestión de personal.

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