Sus señorías, con permisos de maternidad
El Gobierno planea una norma sobre cómo afrontar los permisos de maternidad o paternidad de los parlamentarios. Igualdad apuesta por la sustitución de quien la pida, que atendería al orden de la lista de la misma candidatura y circunscripción del parlamentario, lo que garantiza la plena representatividad institucional.
La secretaria general de Políticas de Igualdad, Isabel Martínez, ha presentado ante la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados el dictamen relativo a las reformas necesarias que posibiliten los permisos de maternidad y paternidad de los cargos electos.
El informe, encargado por el Ministerio de Igualdad al Observatorio de Derecho europeo, autonómico y local de la Universidad de Granada, señala la sustitución temporal como la opción mayoritaria en el derecho parlamentario. En este caso, la sustitución de cualquier parlamentario o parlamentaria que solicitara un permiso parental atendería al orden de la lista de la misma candidatura y circunscripción que el parlamentario a sustituir, lo que garantiza la plena representatividad institucional. Esta propuesta se articularía a través de la reforma de la Ley Electoral General, que se aborda en la Comisión Constitucional del Congreso.
Los juristas apuntan también en su propuesta la necesidad de que en la sustitución se incorpore la perspectiva de género para evitar una alteración del principio de representación equilibrada, así como la conveniencia de que se permita un periodo previo de seguimiento de los asuntos por parte del sustituto.
Medios telemáticos
En relación con la opción de los medios telemáticos, el informe plantea adaptar el artículo 79 de la Constitución, donde se recoge la necesidad de que los acuerdos se aprueben por la mayoría de los “miembros presentes”. Así, sugiere la adaptación del precepto a la realidad de nuestro tiempo y las nuevas tecnologías de la información y la comunicación como herramientas que permiten suplir la presencia de manera satisfactoria en lo que se refiere a asuntos como la manifestación de la voluntad. En este caso, las reformas no requerirían modificación en la LOREG, sino que bastaría con contemplar esta posibilidad en el Reglamento de cada una de las Cámaras.
El dictamen descarta, en principio, la opción de la delegación del voto ya que la Constitución recoge expresamente que el voto de senadores y diputados “es personal e indelegable”.
El texto se completa con un análisis de derecho comparado sobre las soluciones que han adoptado los países de nuestro entorno, así como el derecho autonómico y las soluciones que han adoptado algunas cámaras de las Comunidades Autónomas.
Martínez señala que “el acceso de las mujeres a la política nos obliga a pensar medidas y alternativas que permitan ejercer esta responsabilidad sin renunciar al derecho a ser madre en cualquier momento de la vida”.
“No podemos limitar el derecho a la maternidad precisamente a quienes tienen que dar ejemplo de normalidad democrática”, cree Martínez.
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