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Los diputados de baja paternal podrán votar desde casa o ser sustituidos

Los diputados de baja paternal podrán votar desde casa o ser sustituidos

El informe, elaborado por expertos del Observatorio de Derecho Europeo, Autonómico y Local de la Universidad de Granada, descarta la posibilidad de que la persona de baja delegue su voto, opción incompatible con el artículo 79 de la Constitución española, que recoge expresamente que el voto es personal e intransferible. Asimismo, el dictamen señala que el sistema telemático podría chocar con el precepto constitucional que impone el voto presencial, por lo que Martínez incidió en que «habría que despejar primero» esta cuestión, para conocer hasta qué punto el requisito «se podría adaptar a la realidad actual, ya que las nuevas tecnologías pueden suplirlo de forma satisfactoria».

En cuanto a la sustitución de un parlamentario, el dictamen expone que el beneficiario de la baja debería ser reemplazado durante un plazo de tiempo limitado por el siguiente miembro de la lista electoral, que además deberá ser del mismo sexo que el diputado ausente para no alterar la paridad del Parlamento en cuestión. Esto conllevaría una reforma de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) y podría ampliarse a otros supuestos como la baja por enfermedad.
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