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La carga contra el nasciturus

La carga contra el nasciturus
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D.P | MADRID
Sábado, 20-12-08
El PSOE cree haber encontrado los argumentos jurídicos que le permitirán superar el «corte» del Tribunal Constitucional. La inspiración la ha encontrado en los catedráticos Francisco Balaguer, de la Universidad de Granada, y Javier Pérez-Royo, de la de Sevilla.
Para Balaguer, «es perfectamente posible y lícito» incorporar un sistema de plazos que «establezca la libre decisión de la mujer. El nasciturus es titular de un bien jurídico, pero en ningún caso de un derecho fundamental. Se produce una colisión con los derechos, que esos sí son fundamentales, de la mujer. Ante esta colisión se debe aplicar un criterio de proporcionalidad que hace que no sea incompatible con una ley de plazos porque primero se deben atender los derechos fundamentales de la mujer y, más tarde, a los derechos del nasciturus».
En esta línea, Javier Pérez Royo defendió que: «El nasciturus no es una persona y sin el concepto de persona no se puede realizar ninguna argumentación jurídica. La ley tiene que proteger a la mujer embarazada porque ella sí tiene derechos fundamentales y entre ellos tiene el derecho a interrumpir el embarazo y el derecho a exigir que el Estado la auxilie y el Estado el deber de hacerlo. El aborto es un derecho constitucional de la mujer embarazada».
Para Pérez Royo, además, la cuestión sólo atañe a la madre y el padre no pinta nada: «Es un problema que únicamente se le puede plantear al 50% de la población y, en consecuencia, la igualdad constitucional en este caso quiebra. Con qué derecho quienes no pueden tener el problema toman la decisión respecto de los que sí lo pueden tener, o lo van a tener. Además, ese 50% no es nunca la parte afectada porque entre otras cosa no se sabe si es el padre. Además, las estadísticas indican que el 7% de los hijos que nacen no son del marido o de la pareja. Así, frente a los derechos de la la mujer no hay ni ninguna persona que sea titular de derechos fundamentales, ni el nasciturus, ni el padre ni nadie».
El experto del PP esgrimió el artículo 16 de la Constitución: «Todos tienen derecho a la vida»
La vida de seres humanos
Sin embargo, para José Gabaldón, ex vicepresidente del Tribunal Constitucional y presidente de honor del Foro Español de la Familia, los planteamientos de los expertos del PSOE son incompatibles «con el artículo 16 de la Constitución que reza: «Todos tienen derecho a la vida»».
Recuerda que el mundo científico «asegura ya, con pruebas terminantes, que la vida empieza inmediatamente después de la fecundación». Y concluye: «El Constitucional ha dicho que el Estado tiene el deber de proteger al no nacido y de no interrumpir el curso de la gestación. Se trata, en definitiva, de la vida de seres humanos».
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