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Procedimiento de acceso a la Universidad española para estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros (Modificación de anexos)

Resolución de 6 de julio de 2010, de la Secretaría General de Universidades, por la que se modifican los Anexos I y IV de la Orden EDU/1161/2010, de 4 de mayo, por la que se establece el procedimiento para el acceso a la Universidad española por parte de los estudiantes procedentes de sistemas educativos a los que es de aplicación el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Con fecha 7 de mayo de 2010 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» la Orden EDU/1161/2010, de 4 de mayo, por la que se establece el procedimiento para el acceso a la Universidad española por parte de los estudiantes procedentes de sistemas educativos a los que es de aplicación el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

El anexo I de la citada Orden contiene una relación de los sistemas educativos y requisitos generales de acceso a los que es de aplicación la mencionada norma. Por su parte, el anexo IV de la Orden establece los sistemas de equivalencias de calificaciones entre los sistemas educativos de procedencia y el sistema educativo español, a efectos de la obtención de la calificación que ha de constar en los modelos de credenciales que se corresponden con los anexos II y III de la misma Orden.

Tras la publicación de la citada Orden se ha advertido la existencia de algunos errores que afectan a las denominaciones de los requisitos de acceso relativos a la República Checa y a Eslovaquia, especificados en los anexos I y IV, así como en la equivalencia del tramo final de las calificaciones correspondientes al Bachillerato Internacional que figuran en la tabla que se adjunta al anexo IV. Asimismo se había omitido por error el sistema de equivalencia de calificaciones correspondiente a Dinamarca que ahora se incorpora al anexo IV. Finalmente se hace necesario introducir en los anexos I y IV algunos ajustes en los requisitos de acceso y equivalencia de calificaciones en relación con el sistema educativo irlandés.

De acuerdo con lo anterior, se publica la modificación de los siguientes anexos:

  • Modificación del anexo I: Se modifica el contenido del anexo I en relación con los sistemas educativos de la República Checa, Eslovaquia e Irlanda
  • Modificación del anexo IV: Se incorpora al anexo IV el sistema de equivalencia de calificaciones correspondiente a Dinamarca y se modifica el contenido de dicho anexo en relación con los sistemas educativos de la República Checa, Eslovaquia e Irlanda. Asimismo se modifica la equivalencia del tramo final de las calificaciones correspondientes al Bachillerato Internacional de acuerdo con la tabla 1 y se añade la tabla 3 sobre la correspondencia de calificaciones relativas al sistema educativo irlandés.

Descargar texto completo de la Orden publicada en el BOE de 10 de julio de 2010