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El Vicerrectorado de Estudiantes convoca Ayudas Sociales, de carácter extraordinario, para estudios durante el Curso Académico 2011-2012

El plazo para la presentación de solicitudes será del 2 de marzo al 16 de abril de 2012.
 
 
 Requisitos
 
1. Generales:
  • Podrán solicitar estas ayudas sociales de carácter extraordinario, los estudiantes que estén matriculados en la Universidad de Granada en estudios conducentes a la obtención de un título oficial de Grado, así como de Diplomatura o Licenciatura, de los recogidos en el catálogo de titulaciones oficiales aprobado por el Ministerio de Educación.
  • Las personas solicitantes deberán estar matriculadas de un mínimo de créditos, tal y como se señala en la convocatoria de becas del Ministerio de Educación (Orden 2098/2011, de 21 de julio, BOE nº 179, de 27 de julio de 2011).
2. Económicos:
  • A los efectos de poder evaluar la situación económica de las personas solicitantes, se aplicarán los criterios que, sobre renta y patrimonio familiares, se fijan en Orden 2098/2011, de 21 de julio, por la que se convocan becas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2011/12 (BOE, nº 179, de 27 de julio), para estudiantes de enseñanzas universitarias (Artículo 14.4: umbral 5 para renta y Artículo 15 para patrimonio).  
  • Quienes superen los umbrales 5 de renta del art. 14.4 o los de patrimonio del art. 15, de la orden anteriormente mencionada, no podrán optar a estas ayudas.
 3. Académicos:
Será necesario, para poder optar a estas ayudas sociales, ser estudiante de la Universidad de Granada y estar matriculado en alguna de las enseñanzas anteriormente expuestas (requisitos generales de la presente convocatoria). No podrán ser beneficiarios de estas ayudas, estudiantes de otras Universidades que se encuentren matriculados en la Universidad de Granada desarrollando un programa de movilidad.
Se tendrán en cuenta, para la resolución de la ayuda solicitada, los criterios académicos que a continuación se exponen:
  • Haber superado al menos el 40% de los créditos del curso anterior.
  • No haber obtenido beca del Ministerio de Educación (para el curso académico 2011/12) por haber disfrutado del número máximo establecido.
  • Estar matriculado en los últimos créditos o asignaturas para la finalización de los estudios.
  • Haber obtenido beca del Ministerio de Educación en los cursos anteriores.
  • Habiendo solicitado beca propia, haya sido denegada por reunir requisitos para la beca del Ministerio de Educación y no hayan solicitado esta última.
4. Sociales/Familiares y/o personales:
Igualmente, se considerarán requisitos familiares y/o personales como los que se exponen a continuación:
  • Pertenencia a determinados colectivos sociales (huérfanos absolutos, padres desempleados, familias monoparentales, abandono familiar, malos tratos familiares, violencia de género, fallecimiento de alguno de los progenitores, etc.).
  • Estudiantes con familiares a cargo (padres, hijos).
  • Enfermedad del estudiante, o de familiares, no valorada/s por el tribunal médico.
  • Disponer de documentación acreditativa de la situación social alegada. Se valorará acreditación oficial de profesionales o de instituciones públicas.
  • Otras circunstancias sociales a valorar por la Comisión, que a tal efecto será nombrada.
Número y cuantía de las ayudas
En base a los requisitos anteriormente establecidos, se concederán 412 ayudas con una dotación de hasta 400 € cada una. No obstante, la dotación puede verse afectada por el presupuesto que, para tal finalidad, tiene asignada la Universidad de Granada, así como por el número de solicitudes u otras cuestiones que puedan surgir en el transcurso de la resolución de estas ayudas. La Comisión nombrada a tal efecto podrá modificar dicha dotación en base a requerimientos anteriormente establecidos.
 
Formalización de solicitudes
Las solicitudes se formalizarán cumplimentando el impreso que podrá descargarse de la página Web del Vicerrectorado de Estudiantes (http://ve.ugr.es ), igualmente se podrá facilitar en el Servicio de Becas, y deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
Documentación acreditativa de todas las circunstancias sociales, familiares y/o personales alegadas.
La unidad de gestión podrá requerir al solicitante la documentación que estime necesaria, mediante un e-mail a su correo institucional. Debiendo presentarla en un plazo máximo de diez días desde la fecha de notificación, y en el caso de no presentarla, la solicitud será desestimada.
 
Periodo y lugar de presentación de solicitudes:
Las solicitudes, que se encuentran disponibles en la web del Vicerrectorado de Estudiantes http://ve.ugr.es, deberán presentarse en los Registros Auxiliares (cuya relación puede verse en: http://secretariageneral.ugr.es/pages/sag/registro/index ), así como en el Registro General de la Universidad de Granada.
El plazo para la presentación de solicitudes será del 2 de marzo al 16 de abril de 2012. Excepcionalmente, cuando concurran circunstancias especiales valoradas por la Comisión de Ayudas Sociales, podrán presentarse solicitudes fuera de plazo.