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Parlamentarios españoles buscan fórmulas para poder disfrutar de las bajas por maternidad y paternidad

Parlamentarios españoles buscan fórmulas para poder disfrutar de las bajas por maternidad y paternidad

Predicar con el ejemplo. Si ayer el Congreso aprobaba ampliar a un mes la baja por paternidad a partir de 2011, los parlamentarios españoles tienen un ‘serio’ problema a la hora de acogerse a este derecho ya que su ausencia podría acarrear importantes consecuencias para sus formaciones políticas a la hora de las votaciones. Por ello, para que ciudadanía y políticos estén igualados a la hora de disfrutar de las bajas por maternidad y paternidad, Isabel Martínez, secretaria general de Políticas de Igualdad, presentó ayer ante la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados un informe que trata este tema.

El estudio, encargado por el Ministerio de Igualdad al Observatorio de Derecho europeo, autonómico y local de la Universidad de Granada, señala dos opciones para ejercer este derecho: la sustitución temporal o el ejercicio del voto por procedimientos telemáticos, ya que el dictamen descarta, en principio, la opción de la delegación del voto ya que la Constitución recoge expresamente que el voto de senadores y diputados “es personal e indelegable”.

“No podemos limitar el derecho a la maternidad precisamente a quienes tienen que dar ejemplo de normalidad democrática”, señaló Martínez. “A partir de ahora no sólo podemos elegir a nuestros representantes, sino que también podemos ser elegidas con las mismas oportunidades que los hombres”, agregó.

Respecto a la sustitución temporal, ocuparía el escaño del diputado que esté de baja el siguiente en la lista de la misma candidatura y circunscripción. Esta propuesta se articularía a través de la reforma de la Ley Electoral General, que se aborda en la Comisión Constitucional del Congreso.

Los juristas apuntan también en su propuesta la necesidad de que en la sustitución se incorpore la perspectiva de género para evitar una alteración del principio de representación equilibrada, así como la conveniencia de que se permita un periodo previo de seguimiento de los asuntos por parte del sustituto.

En relación con la opción de los medios telemáticos, el informe plantea adaptar el artículo 79 de la Constitución, donde se recoge la necesidad de que los acuerdos se aprueben por la mayoría de los “miembros presentes”. Así, sugiere la adaptación del precepto a la realidad de nuestro tiempo y las nuevas tecnologías de la información y la comunicación como herramientas que permiten suplir la presencia de manera satisfactoria en lo que se refiere a asuntos como la manifestación de la voluntad. En este caso, las reformas no requerirían modificación en la LOREG, sino que bastaría con contemplar esta posibilidad en el Reglamento de cada una de las Cámaras.
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