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El Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada aprueba el Plan de Ordenación Docente del curso 2025/2026

En la sesión extraordinaria del Consejo de Gobierno, celebrada el día 10 de abril de 2025, se ha aprobado el Plan de Ordenación Docente (POD) de la Universidad de Granada para el curso académico 2025/2026. Este Plan establece las normas y criterios generales de organización por los que se debe regir la docencia en las enseñanzas oficiales de Grado y Máster Universitario.

El POD ha sido objeto de negociación en el seno de la Mesa Sectorial de PDI a través de las reuniones mantenidas a lo largo de los meses de febrero y marzo, al término de las cuales dicho documento ha contado con el apoyo unánime de los tres sindicatos con representación en la Mesa. El documento también ha sido aprobado por asentimiento en la sesión de la Comisión Académica del pasado 7 de abril.

Para el curso académico 2025/2026 este POD mantiene lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario respecto de la dedicación del personal docente e investigador, que tendrá asignada a la actividad docente un máximo de 240 horas y un mínimo de 120 horas lectivas por curso académico dentro de su jornada laboral (con un mínimo, como regla general, de 90 horas de docencia presencial).

Este POD incluye el reconocimiento por la participación en Comisiones de Evaluación de TFG y TFM, de forma que exprese la sensibilidad hacia el esfuerzo que implica para las profesoras y los profesores que también incorporan estas tareas a su dedicación docente. El reconocimiento de esta actividad, en los términos que han sido recogidos en el POD, se computará como encargo docente para el profesorado y el correspondiente ámbito de conocimiento en el curso 2026/2027 teniendo en cuenta el número de TFG y TFM que hayan sido evaluados en Comisión entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.

En el apartado de minoraciones asociadas a la gestión universitaria se ha contemplado una horquilla de entre 90 y 120 horas en el caso de las/os decanas/os y directoras/as de centro, y de entre 60 y 80 horas en el caso de las/os directoras/es de departamento en función de los criterios fijados en el propio Plan de Ordenación Docente. Se trata de un primer paso que al igual que lo ya indicado sobre el reconocimiento por la participación en comisiones de evaluación de TFG y TFM, deberá seguir siendo objeto de estudio y análisis, lo que permitirá tener las claves para saber por dónde se puede seguir avanzando.

Por otro lado, las minoraciones por la coordinación de especialidad en el Máster Universitario de Profesorado de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas computarán a efectos de la valoración de las necesidades docentes.

En el transcurso de la sesión del Consejo de Gobierno en el que se ha aprobado el POD, se ha destacado la importancia del talante negociador y el compromiso por seguir trabajando tanto con los agentes sociales como hacia lo que son reivindicaciones legítimas por parte de la comunidad universitaria, en particular, del PDI, para hacer de este plan de ordenación de la actividad docente un documento en el que, reconociendo las limitaciones y una más que necesaria y obligada racionalización y optimización de los recursos económicos, todas y todos nos podamos ver representados. En este sentido se ha expresado la conveniencia, que ya se ha materializado de forma efectiva, en constituir en el seno de la Mesa Sectorial de PDI una comisión técnica que va a trabajar desde ya con un calendario de reuniones estable en el análisis y estudio de medidas y acciones que siguen estando pendientes para mejorar las condiciones laborales del PDI, hacia lo que desde el Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado y el propio equipo de Gobierno de la Universidad de Granada existe una plena voluntad de seguir apostando por todo ello.