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Convocatoria de subvenciones a asociaciones juveniles, a federaciones y a confederaciones de estudiantes y de egresados cuyo ámbito de actuación sea la universidad

Beneficiarios.

  • Los beneficiarios de las presentes subvenciones serán asociaciones juveniles y federaciones y confederaciones de estudiantes y de egresados de ámbito nacional cuya implantación y campo de actuación sea el sistema universitario y por tanto, el ámbito territorial de más de una comunidad autónoma, que tengan como finalidad participar en la vida universitaria, respetando las normas democráticas explicitadas en la Constitución, en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y en la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria.
  • No podrán presentar solicitud aquellas entidades que no hayan justificado o reintegrado, en su caso, el importe percibido en cualquier convocatoria anterior de estas ayudas.
  • Los beneficiarios deberán cumplir con los requisitos y obligaciones previstos en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • No podrán resultar beneficiarias dos asociaciones, para la misma actividad y que tengan entre sí relación federada o jurídica.
  • No se admitirá más de una solicitud por entidad. En caso de que se reciba más de una solicitud de la misma entidad, será admitida a trámite solamente la última de ellas enviada dentro de plazo.

Objeto.

El objeto de este procedimiento de concesión, que se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, es financiar los gastos de carácter corriente derivados de la organización de actividades dirigidas a fomentar la participación estudiantil en las universidades, el desarrollo del asociacionismo relacionado directamente con la educación universitaria, el intercambio entre organizaciones estudiantiles de carácter universitario dentro del Espacio Europeo de Educación Superior, así como, de actividades de carácter científico, solidario y formativo en el ámbito universitario o de promoción y desarrollo de los proyectos Campus de Excelencia Internacional, llevadas a cabo por Asociaciones juveniles y Federaciones y Confederaciones de estudiantes y de egresados en el ámbito universitario.

Bases reguladoras.

Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, publicadas en el Boletín Oficial del Estado número 113, de 12 de mayo de 2005.

Cuantía.

  • Importe total a subvencionar: 26.000,00 €.
  • Cuantía máxima de la subvención por solicitud: hasta un máximo de 2.000,00€.
  • Número máximo de actividades subvencionables por solicitud: 2.
  • Cuantía máxima de la subvención por actividad: hasta un máximo de 1.000 €.
  • Las actividades evaluadas con una puntuación inferior a 5 no podrán ser financiadas. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad subvencionada.

Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOE. La solicitud deberá ser firmada por el representante legal de la asociación, confederación o federación. Las solicitudes se formalizarán en el modelo de solicitud disponible en la web del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Publicado en: «BOE» núm. 292, de 5 de diciembre de 2025, PDF

BDNS(Identif.):872879

Se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/872879)